La Habana, 19 jul (ACN) La nueva Ley de Extranjería, aprobada hoy por los diputados cubanos, reconoce la diversidad de escenarios en los que se desarrollan los extranjeros en el territorio nacional.
La actualización responde a la estrategia para el desarrollo del turismo, la participación prevista de las inversiones extranjeras en la economía nacional, el modelo económico aprobado y el desarrollo de las relaciones internacionales en general, informó el primer coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE), del Ministerio del Interior.
En presencia del General de Ejército Raúl Castro Ruz, y de Miguel Díaz-Canel, Primer Secretario del Comité Central del Partido Comunista de Cuba y Presidente de la República, detalló que de modo similar a la de Migración, tiene como objetivo establecer las bases normativas encaminadas a regular un sistema de extranjería actualizado, que se corresponda con los postulados constitucionales actuales.
Argumentó que la norma se compatibilizó con las nuevas leyes sobre el proceso penal y administrativo, el Código de Procesos, el de las familias y se incorporaron políticas que responden al tratamiento que deben tener algunos temas económicos y sociales que impactan en la legislación de extranjería.
En lo relacionado con la gestión y dirección del proceso de extranjería, el texto legal establece que estará integrado por los subprocesos de Inmigración de extranjeros, y retorno de los extranjeros a su país de origen o de residencia anterior.
Se establecen los derechos y deberes en materia de extranjeros en el territorio nacional, en correspondencia con la categoría, clasificación y subclasificación migratoria que ostenten; en especial la de los extranjeros no residentes, aspecto que hasta el presente no contaba con su correspondiente regulación y constituye un vacío legislativo en este tema, señaló Méndez Mayedo.
Asimismo, especificó que se regulan las condiciones de estancia y residencia, como aquellas actividades que se autorizan a los extranjeros a realizar durante su permanencia en el territorio nacional, en correspondencia con su clasificación migratoria; al igual que su atención por la Autoridad de Extranjería.
Resulta novedosa la propuesta relacionada con la clasificación migratoria de Residente Provisional, que se concederá previo al otorgamiento de la Residencia Permanente; y la de Residente Humanitario destinada a los refugiados, apátridas y asilados políticos; así como las causas de cancelación de la estancia y la residencia de los extranjeros en el país.
Se incluyen en el proyecto los requisitos a cumplir por los extranjeros que ingresan al país con visa de Residentes Temporales a fin de obtener esta clasificación migratoria previo al otorgamiento del permiso de trabajo.
Igualmente, se establecen las responsabilidades de los órganos, organismos, entidades y organizaciones de base asociativa de carácter profesional y con fines públicos, con los extranjeros que atienden, o que son contratados para el cumplimiento de funciones asignadas o en interés de su objeto social.
Además se actualiza la institución del Centro Migratorio de Extranjeros, con las causales de ingreso y egreso, su funcionamiento y las facultades de la Autoridad de Extranjería en estos casos.
La ley establece la aplicación práctica a los extranjeros de las medidas y sanciones migratorias previstas y los medios para impugnar dichos actos en la vía administrativa y judicial.
De igual manera, se constituye el Registro de Extranjeros y Migratorio y se establecen las normas de organización, funcionamiento y la información que inscribe.