Concluyó proceso de excarcelación anticipada de 553 sancionados

Compartir

ACN - Cuba
Redacción ACN
241
10 Marzo 2025

La Habana, 10 mar (ACN) Autoridades del Tribunal Supremo Popular (TSP) informaron hoy que ya se encuentran en libertad los 553 sancionados que fueron beneficiados con la excarcelación anticipada  anunciada el pasado 14 de enero en declaración del Ministerio de Relaciones Exteriores.

   Así lo informó el periodista Humberto López en el Noticiero Nacional de Televisión en su emisión estelar.

   Entrevistada para el noticiero, Marisela Sosa Ravelo, vicepresidenta del TSP, señaló que en el mes de enero se presentaron 378 solicitudes al tribunal y en el mes de febrero 175 solicitudes, para un total de 553.

   A los beneficiados les fueron notificadas las resoluciones en las que se estableció la fecha en que debían comparecer ante el juez de ejecución de su lugar de residencia a los efectos de su seguimiento y control con posterioridad.

   En el caso del juez de ejecución, explicó que este tiene la obligación en esa comparecencia de hacerle saber cuáles son los derechos, prohibiciones y restricciones que le impone el cumplimiento de la sanción y también de aquellas sanciones accesorias que le hayan sido impuestas y que deben mantener su cumplimiento durante ese periodo a prueba que concluye con la fecha de extinción de la sanción impuesta por el tribunal sancionador.

   Añadió que dicha excarcelación anticipada se entiende como un beneficio en un momento en el que aún el sancionado no ha terminado de cumplir su condena, y bajo esa lógica se definen para cada uno cuáles serán las obligaciones que tendrán que cumplir una vez puestos en libertad.

   La propia ley establece que el juez de ejecución explica a estas personas que dicho beneficio podría ser revocado ante el incumplimiento de las obligaciones de los excarcelados, quienes regresarían al establecimiento penitenciario para completar el tiempo pendiente de la sanción.

   Durante ese periodo a prueba tienen que cumplir con las obligaciones que están fijadas por ley y mantener un comportamiento social acorde a las normas de convivencia socialista, detalló.

   Aquellos que no se incorporen al trabajo o al estudio estando aptos, sin razón que lo justifique, les puede ser revocado el beneficio, así como a aquellos que no comparecen ante el juez de ejecución en la fecha señalada.